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Traspaso de la educación municipal

2 Agosto 2021


La Ley N°21.040 crea el Nuevo Sistema de Educación Pública, que sustituye a las 345 municipalidades como sostenedoras de los establecimientos públicos, por 70 Servicios Locales de Educación (SLEP). El proceso que inició en 2018, en su primera etapa instaló de manera gradual 11 servicios locales; de acuerdo a la planificación, los 59 restantes deberían ser implementados entre 2022 y 2025.

A inicios de julio, a través de un decreto oficial, el Ministerio de Educación informó la modificación del calendario para implementar la segunda parte de instalación. En vez de 15, como determinaba originalmente la ley, sólo seis entrarán en funcionamiento a inicios de 2022. Desde el Centro de Políticas Públicas UC celebramos esta medida, que responde de manera directa a las recomendaciones de nuestra investigación ‘Estudio de la planificación de la segunda etapa de implementación de la Ley N°21.040.’

El mismo decreto declara que es fundamental que los procesos de traspaso se hagan de forma adecuada, para avanzar en el fortalecimiento de la educación pública, pero esto no necesariamente se resuelve con reducir el número de SLEP a instalar por año.

Nuestro estudio señala que uno de los procesos más complejos en la implementación de la primera etapa ha sido el traspaso financiero, del personal y de bienes muebles e inmuebles. La experiencia de los primeros SLEP da cuenta de que en todos los casos el proceso se ha llevado a cabo de manera incompleta y con muchas dificultades, producto de los retrasos y la mala calidad de la información entregada. Ha sido común, por ejemplo, que los inventarios y catastros no estén valorizados, los terrenos no regularizados y no se cuente con información vigente de contratos, convenios y personal a traspasar. Estas dificultades, en casos más extremos, han interrumpido la continuidad del servicio educativo en algunos colegios.

Lo paradójico es que la misma ley contempla que los municipios pueden recibir recursos para preparar el traspaso a través de la firma de un Plan de Transición. El problema es que el convenio es voluntario y en municipios que han decidido no adherir se ha encontrado más resistencia política e irregularidades para la instalación del SLEP. A esto se suma que no ha existido seguimiento, supervisión y fiscalización sistemática de los compromisos adquiridos por municipios que sí han firmado el Plan.

Se hace imperativo, para garantizar el éxito de la instalación, no solo mayor voluntad y compromiso de los municipios, sino también anticipar mejor el proceso de traspaso a través del fortalecimiento de los Planes de Transición. En este sentido promovemos su obligatoriedad, que la Dirección de Educación Pública concentre la responsabilidad de apoyar y supervisar su cumplimiento, y que la Superintendencia de Educación se encargue de sancionar los incumplimientos en base a un plan de detección de faltas y sanciones aparejadas.

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