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Medio ambiente, sustentabilidad y desarrollo: expertos discuten sus implicancias en el primer debate constitucional UC 2023

16 Noviembre 2023


De la misma manera que en el proceso constitucional anterior, el Centro de Políticas Públicas UC, junto al Foro Constitucional UC y CNN Chile, organizaron un ciclo de debates para discutir sobre las principales temáticas de la propuesta de nueva carta magna, y sus implicancias.

El pasado martes 14 de noviembre se inició el Ciclo de Debates Constitucionales UC 2023, para informar a la comunidad universitaria, y a la ciudadanía en general, de camino al plebiscito constitucional del 17 de diciembre.

El primer debate del ciclo abordó las temáticas de la protección al medio ambiente, la sustentabilidad y el desarrollo en la propuesta de carta magna. El académico de la Facultad de Derecho UC, Ricardo Irarrázabal, presentó las principales diferencias con la Constitución vigente en materia ambiental.

Irarrázabal destacó que la Constitución de 1980 fue bastante innovadora en materia ambiental para su época y que, bajo leyes, da a conocer un nuevo bien jurídico protegido a través de la garantía constitucional. Además, agregó que, “eso, constitucionalmente, es un problema, porque una garantía constitucional es -por así decir- un mínimo garantizado, pero no es un desarrollo sistemático de un bien jurídico protegido, como lo debía ser la protección del medio ambiente”.

El abogado mencionó tres preguntas claves en las que hay que prestar atención en cómo las responde la propuesta constitucional ante su acotación de que en la actual Constitución el bien jurídico protegido no es evidente: ¿Qué se protege?, ¿cuánto se protege? y ¿cómo se protege?

¿Qué se protege?

Según Ricardo Irarrázabal es el rol de los principios ambientales, lo que, más que estar enunciados, en general en las constituciones del mundo (a excepción de Ecuador) están desarrollados, definidos y aplicados a nivel constitucional. Así también el cómo se resuelven las tensiones entre distintos bienes jurídicos protegidos, y qué rol respecto a eso podría cumplir el principio de sustentabilidad. En cuanto a la coyuntura política, el aspecto de institucionalidad.

En el capítulo primero de los fundamentos del orden constitucional de la propuesta se consagra definitivamente la protección del medio ambiente como un bien jurídico protegido en el artículo 10.

En la misma línea, el académico destacó que “también es relevante rescatar que aquello que era la protección per se de la naturaleza adscrita a una garantía de las personas, ahora queda separada de la garantía de las personas”.

Respecto a al artículo 37.3 el abogado considera que había un defecto considerable en la Constitución 1980 en la responsabilidad por daño ambiental que no estaba incluido en la Constitución de 1980 y que ahora se incluye.

Para el experto, esto consagraría el principio de la responsabilidad desde el punto de vista del Estado y de las personas, y bajo el principio de responsabilidad entraría como consecuencia el principio de sustentabilidad, principios que “podrían enmarcar perfectamente como principios rectores de esta propuesta constitucional en materia ambiental”.

¿Cuánto se protege?

Irarrázabal dice que el “cuánto” se relaciona a la garantía constitucional en el artículo 16, y que para esto se necesita establecer nuevos mínimos y es importante que se traduzca luego como desafíos a nivel legal y regulatorio. Destacó también que se repiten las tensiones entre derechos bajo la lógica de la sustentabilidad en el inciso 21 b, para la protección del medioambiente, y en el 35 a, sobre la propiedad.

¿Cómo se protege?

Esto se respondería en el capítulo XVI llamado “Protección del medioambiente, sustentabilidad y desarrollo” en el que se plantea la sustentabilidad como un criterio y técnica más que un modelo de desarrollo. “A nivel internacional apunta a conciliar lo ambiental con lo económico y lo social bajo una lógica, muy influida por el cambio climático, de solidaridad intergeneracional”.

Posterior a la presentación de Ricardo Irarrázabal, se realizó un debate entre Alexis Cortés, comisionado experto del Partido Comunista, y Carlos Recondo, consejero constitucional de la UDI. Estuvo a cargo de moderar esta discusión Macarena Morales, periodista de CNN Chile.

El comisionado del Partido Comunista dijo que la propuesta está por debajo de sus expectativas y de lo que había establecido la comisión experta “el texto que elaboramos en la comisión experta el anteproyecto constitucional, si bien no significaba que el mundo ecologista quedará totalmente satisfecho, si permitía que las distintas visiones que convivan”. Además, agregó que “reproduce una disociación entre desarrollo y sustentabilidad (…) en la Comisión Experta llegamos a un acuerdo en el sentido de que no existe desarrollo sin protección del medio ambiente y viceversa, lamentablemente el texto lo que hace es tratar estos temas como si fuesen cosas antagónicas”.

Carlos Recondo, por su parte, comentó que, desde su perspectiva, el texto “se hace cargo adecuadamente de la necesidad de protección del medio ambiente y también de como la situación climática está afectando a las distintas actividades”. También mencionó que se hace cargo porque “incorpora una Innovación en materia constitucional, que es haber recogido esta materia a través de un capítulo expreso respecto del tema”.

Cortés dijo que la principal falencia que ve en la propuesta “es que se elimina la norma que permitía eh considerar e incorporar la justicia ambiental con esta distribución equitativa de las cargas, creo que era la norma más importante”. Finalmente, mencionó que considera que la propuesta “avanza, por un lado, pero se retrocede por otro, cuando en el artículo 11 se establece un deber de ser chileno, de cuidar y proteger los deportes Criollos, como el rodeo que atenta frente a los animales”.

Recondo reconoció que inicialmente no había un acuerdo en incorporar el concepto de un medioambiente sano por la dificultad de definir con claridad a qué se refiere específicamente “sano” para establecerlo como derecho. Sin embargo, “el debate nos abrió efectivamente a reconocer y a incorporar por ejemplo el concepto en esta definición”, y que el concepto también “abre la posibilidad de que el desarrollo sustentable le permite a las personas aspirar a aspectos de calidad de vida y de otros elementos que son también necesarios considerar”.

Revisa el video del debate aquí:

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